NAVIERA LOJDA SA c/ PNA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La empresa Naviera Lojda SA recurrió directamente ante la Cámara Contencioso Administrativa la sanción impuesta por la Prefectura Nacional Naval por incumplimientos de la normativa sobre marcas de francobordo y manual de carga. La Cámara confirmó la sanción al considerar que los hechos estaban debidamente acreditados.
¿Quién es el actor?
Naviera Lojda SA
¿A quién se demanda?
Prefectura Nacional Naval
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra sanción por incumplimientos de normativa sobre marcas de francobordo y manual de carga
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso y se confirma la sanción impuesta
Fundamentos principales:
- La Cámara señaló que el control judicial de las decisiones administrativas se limita a la revisión de su legalidad y razonabilidad, sin que la empresa haya cuestionado concretamente las conclusiones de la autoridad de aplicación.
- Las infracciones por sobre-inmersión de la marca de francobordo y falta del manual de carga son de carácter formal y objetivo, bastando acreditar el incumplimiento normativo sin requerir prueba de dolo o culpa.
- La empresa no demostró su falta de culpabilidad ni aportó elementos para desvirtuar los hechos constatados por la autoridad.
- En cuanto al alegado vicio de procedimiento por falta de apertura a prueba, la Cámara consideró que la prueba testimonial ofrecida no tendía a desvirtuar los hechos que fundamentaron la sanción, por lo que su rechazo no generó agravio.
- Respecto al planteo de inconstitucionalidad del principio "solve et repete", la Cámara hizo suyo el dictamen del Fiscal General que desestimó dicho planteo.
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