AFIP c/ CTDI ARGENTINA S.A. s/EJECUCION FISCAL - AFIP
La Administración Federal de Ingresos Públicos promovió una ejecución fiscal contra CTDI Argentina S.A. La Cámara Contencioso Administrativa Federal - Sala II confirmó la providencia que declaró extemporánea la presentación de la ejecutada.
¿Quién es el actor?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿A quién se demanda?
CTDI Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución fiscal por deudas tributarias por un total de $2.756.745,26.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por CTDI Argentina S.A. contra la providencia que declaró extemporánea su presentación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La notificación del mandamiento de intimación de pago en el domicilio constituido de la ejecutada fue válida.
- La presentación de la ejecutada el 25/3/2022 fue extemporánea, ya que el plazo para oponer excepciones venció el 25/3/2022 a las 10:20 hs.
- No se acreditó que el 23/3/2022 haya sido declarado inhábil.
- Sin perjuicio de ello, la Cámara ordenó al tribunal de primera instancia adecuar el trámite a la nueva normativa que permite el archivo de la ejecución fiscal ante el acogimiento a un plan de facilidades de pago por parte del ejecutado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: