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YEDRO, ANTONIO Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal militar de la Armada Argentina promovió demanda por el reconocimiento de incrementos salariales. La Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia y aclaró los límites temporales del devengamiento de los créditos reconocidos.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El personal militar de la Armada Argentina reclamó la inclusión en el haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable, de los incrementos salariales otorgados por el decreto 1305/12 y sus modificatorios. La Cámara Contencioso Administrativo Federal resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, con algunas precisiones. Estableció que el devengamiento de los créditos reconocidos encuentra su límite temporal en la fecha de derogación del decreto 1305/2012, el 1 de octubre de 2020. Además, aclaró que las diferencias salariales adeudadas deberán ser abonadas de conformidad con las leyes 23.982, 24.624 y 26.895, devengando intereses hasta el momento del efectivo pago, sin necesidad de una nueva reliquidación. En cuanto a las costas, la Cámara modificó la imposición de costas dispuesta en primera instancia, distribuyéndolas en el orden causado en ambas instancias.

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