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TORRES HECTOR c/ EN-M° DEFENSA-EA-JEF II INT- DTO 1386/06 1053/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios regulados a favor de la letrada patrocinante de la actora en un incidente resuelto en primera instancia.

Ejecucion de sentencia Incidente Honorarios profesionales Regulacion Abogado patrocinante

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el marco de las actuaciones judiciales caratuladas "TORRES HECTOR c/ EN-M° DEFENSA-EA-JEF II INT
- DTO 1386/06 1053/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG", la Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala IV analizó y reguló los honorarios de la letrada patrocinante de la actora. La Cámara, en virtud de lo establecido en la Ley de Arancel, redujo los honorarios regulados a favor de la Dra. Lina Patricia Rino a la suma de $21.420 por su actuación como letrada patrocinante en la etapa de ejecución de sentencia ante primera instancia, y a $2.140 por las tareas desempeñadas ante esa anterior instancia. Asimismo, reguló sus emolumentos ante la Alzada en $5.355. La Cámara fundamentó la regulación de honorarios en las pautas legales previstas, la naturaleza del juicio, la trascendencia económica de la cuestión resuelta, el monto involucrado y la calidad de la labor profesional desarrollada.

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