PEDUZZI, NATALIA ANDREA c/ EM-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó el carácter bonificable de un suplemento salarial. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó al Estado Nacional el pago de las diferencias salariales correspondientes.
Reconocimiento del carácter bonificable de un suplemento salarial creado por el Decreto 380/17
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Estableció que los suplementos creados por el Decreto 380/17 tienen carácter bonificable y ordenó al Estado Nacional el pago de las diferencias salariales correspondientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara se remitió a lo resuelto en un fallo anterior ("Torrez") donde se había considerado que tales suplementos tienen carácter bonificable. Además, aclaró que los suplementos fueron derogados por el Decreto 142/22 a partir del 1/4/2022, por lo que a partir de esa fecha no corresponde su inclusión en el haber mensual ni el reconocimiento de diferencias salariales.
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