GONZALEZ, JORGE DANIEL c/ EN- DGA s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
El actor promovió demanda para que se deje sin efecto la multa aplicada por la Aduana en concepto de declaración inexacta de mercadería. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que anuló la multa, al considerar que el error no era imputable al importador.
Dejar sin efecto la multa de $8757,22 aplicada por declaración inexacta de mercadería (art. 954 inc. a) y c) del Código Aduanero)
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que anuló la multa, al considerar que el error en la declaración fue originado por un tercero (transportista) y no era imputable al importador.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La mercadería arribada no se correspondía con la declarada, pero ello se debió a un error en el etiquetado producido en el depósito del transportista en España, previo al embarque.
- Aplicando el criterio de la CSJN en "Nidera SA", la responsabilidad del importador por la inexactitud de la declaración se excluye si los faltantes o sobrantes se atribuyen a la esfera de responsabilidad de otros intervinientes.
- El actor actuó diligentemente, presentándose ante la Aduana para informar el error antes que ésta lo advirtiera.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: