ENACOM c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios de los abogados de la parte actora al considerar que la aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles llevaría a una evidente e injustificada desproporción con la labor realizada.
¿Quién es el actor?
ENACOM
¿A quién se demanda?
TELEFONICA DE ARGENTINA SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de ejecución
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios de los abogados de la parte actora, considerando que la aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles llevaría a una evidente e injustificada desproporción con la labor realizada. Señaló que para lograr una retribución equitativa y justa, no resulta conveniente la aplicación automática de porcentajes, sino que debe analizarse y evaluarse la tarea encomendada a los profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que a fin de tratar el recurso interpuesto, cabe señalar que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)."
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