EMELAR SA (TF 35229-A Y ACUM TF 38672-A, 38673-A , 38671-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Empresa importadora cuestiona deuda aduanera por incumplimiento de tránsito de importación de mercadería robada. La Cámara Contencioso Administrativa confirma la exención de tributos al transportista que acreditó haber cumplido con los deberes de custodia.
¿Quién es el actor?
Empresa importadora EMELAR SA
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestionar deuda aduanera por incumplimiento de tránsito de importación de mercadería robada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa confirma la exención de tributos al transportista Expreso Cargo SA, por haber acreditado que cumplió con los deberes de custodia de la mercadería en tránsito, de acuerdo a la doctrina sentada por la CSJN en "Tevelam". Rechaza el recurso del Fisco.
Fundamentos principales:
- El art. 315 del Código Aduanero exime del pago de tributos a la mercadería "irremediablemente perdida" por siniestro, siempre que se acredite el cumplimiento de los deberes de custodia.
- Conforme al precedente "Tevelam" de la CSJN, corresponde distinguir la situación de quien incumple deberes de custodia, de quien los cumple y sufre un robo.
- En el caso, Expreso Cargo SA no acreditó haber adoptado medidas de resguardo de la carga ni que la mercadería estuviese asegurada, por lo que no corresponde eximirla del pago de tributos.
- El Tribunal Fiscal tiene amplias facultades para resolver el caso más allá de los planteos de las partes, sin afectar el principio de congruencia.
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