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RYS, YESICA JOHANA c/ EN-M DEFENSA-ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la regulación de honorarios de la abogada en la etapa de ejecución de sentencia, fijándolos en una suma acorde a la labor desarrollada.

Recurso extraordinario Ejecucion de sentencia Regulacion de honorarios Personal militar y civil Patrocinio Ffaa y seguridad


¿Quién es el actor?

YESICA JOHANA RYS

¿A quién se demanda?

EN-M DEFENSA-ARMADA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo en el ámbito del personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios de la abogada patrocinante de la actora, fijándolos en $4.500,50 por su actuación en el incidente de ejecución de sentencia, y en $54.006 por la contestación del traslado del recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La regulación de honorarios debe compensar adecuadamente la tarea de los profesionales, ponderando la magnitud del trabajo, el grado de responsabilidad y la complejidad de los intereses en juego.
- No corresponde una aplicación automática de porcentajes, sino un análisis y evaluación de la labor realizada.
- El valor del juicio no es la única base computable para regular honorarios, que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la actividad profesional.
- Los montos fijados se adecuan a la naturaleza del asunto, los valores involucrados y el resultado obtenido en la etapa incidental y de ejecución.

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