SEGOVIA, MIGUEL ANGEL c/ PNA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Armador de buque sancionado por navegar sin certificado de prevención de contaminación por basura impugna sanción, pero la Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la disposición de la Prefectura Naval Argentina.
Impugnación de sanción equivalente a 7.500 unidades de multa por navegar sin "Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación por Basuras"
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la disposición sancionatoria de la PNA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La simple verificación de la omisión de portar el certificado requerido es motivo suficiente para configurar la infracción, sin necesidad de producir un resultado o evento extraño.
- La obligación de contar con la documentación reglamentaria recae tanto en el comando del buque como en el armador, quien es responsable de asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad.
- No procede aplicar el principio de duda, dado que no hay incertidumbre sobre la infracción cometida.
- La sanción impuesta no se considera desproporcionada dentro de la escala legal prevista.
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