Recurso Queja Nº 3 - c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA-SIMI 328233X s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El Ministerio de Desarrollo Productivo impugnó la admisión de la ampliación de la demanda por la importadora. La Cámara Contencioso Administrativa Federal desestimó el recurso de queja por considerar que la decisión recurrida no le ocasiona un gravamen irreparable.
¿Quién es el actor?
San Juan y Solís SA (importadora)
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ampliación de la demanda original
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó el recurso de queja interpuesto por el Ministerio de Desarrollo Productivo contra la decisión que admitió la ampliación de la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El juez de primera instancia admitió la ampliación de la demanda conforme a lo previsto en el art. 331 del CPCCN, al tratarse de un pedido anterior a la notificación de la demanda.
- La decisión impugnada tiene carácter ordenatorio y no genera un gravamen irreparable para el Ministerio, requisito de admisibilidad del recurso de apelación.
- La resolución de Presidencia de la Cámara del 23/6/2021 no impide la admisión de la ampliación de demanda, sino que establece ciertos recaudos formales al iniciar estos procesos.
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