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CANALE, SABRINA CARINA c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA-LEY 24521 s/AMPARO POR MORA

Revisión de honorarios regulados en proceso de amparo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal reduce los honorarios del abogado patrocinante de la actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El presente incidente versa sobre la regulación de honorarios de los profesionales que intervinieron en el proceso de amparo que tramitó la Sra. Sabrina Carina Canale contra la Universidad Nacional de Lomas de Zamora. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, al momento de analizar los honorarios regulados, señaló que la sola aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles no es suficiente, sino que debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego. Así, en base a tales consideraciones y a lo dispuesto en la Ley de Arancel, la Cámara reduce los honorarios del Dr. Ángel Gabriel Rosales, patrocinante de la actora, a la suma de $54.006, equivalente a 6 Unidades de Medida Arancelaria (UMA). Adicionalmente, aclara que el importe del Impuesto al Valor Agregado (IVA) integrará las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios regulados, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo.

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