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PISONI, CARLOS ENRIQUE c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH (EX S04 8800/13) s/AMPARO POR MORA

El actor promovió acción de amparo por mora contra el Estado Nacional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sentencia que hizo lugar al amparo y ordenó a la Administración dictar un acto en el plazo de 20 días.

Recurso de apelacion Procedimiento administrativo Plazo razonable Amparo por mora Deber de la administracion de expedirse

Amparo por mora en expediente administrativo donde solicitó beneficio previsto en Ley N° 25.914.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia que hizo lugar al amparo, considerando que desde la solicitud del actor en 2013 hasta la sentencia de primera instancia, la Administración no resolvió el expediente, lo que excede todo plazo razonable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Administración tiene la obligación de expedirse expresamente sobre las peticiones de los administrados, dentro de un plazo razonable. El recurso de la Administración no cuestionó efectivamente los fundamentos de la sentencia apelada, limitándose a manifestaciones genéricas, por lo que corresponde desestimarlo.

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