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KROGER, ALAN ERIK c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - LEY 24521 s/AMPARO POR MORA

Ordenan pago de honorarios al letrado patrocinante en un amparo por mora contra la Universidad de Buenos Aires

Honorarios Ley 27 423 Universidad de buenos aires Amparo por mora 9 uma

Amparo por mora

¿Qué se resolvió?

Se fijaron los honorarios del letrado patrocinante, Dr. Agustín Omar Redondo, en la suma de $81.009, que equivale a 9 UMA, de conformidad con lo establecido en el art. 44 de la Ley 27.423. Se deja aclarado que, en caso de acreditar la condición de responsable inscripto frente al IVA, se deberá adicionar la alícuota correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal señala que es criterio reiterado y pacífico fijar los honorarios de los profesionales intervinientes en un amparo por mora de acuerdo a lo establecido en el art. 44 de la Ley 27.423. Que, teniendo en cuenta la naturaleza y resultado del asunto, la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas, corresponde establecer los honorarios en el monto indicado.

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