OLMOS, MARTIN ALEJANDRO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA - FUERZA AEREA ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de los honorarios del letrado patrocinante.
¿Quién es el actor?
Olmos, Martin Alejandro y Otro
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Fuerza Aérea Argentina
- Objeto de la demanda: Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg
- Decisión del tribunal: La Cámara modificó la regulación de los honorarios del letrado patrocinante, elevándolos a 6,81 UMAs ($ 61.296,81) por su actuación en primera instancia, y a 2,04 UMAs ($ 18.362,04) por su actuación en la Alzada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde MODIFICAR la regulación de los honorarios apelada y obrante a fs. 74/75 de los honorarios del Dr. Pedro Ismael Piteo y ELEVARLOS a 6,81 UMAs, equivalentes a PESOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 61.296,81), en su doble carácter de letrado patrocinante y apoderado de la parte actora en una etapa del juicio (arts. 16, 20, 21 y ccdtes. de la ley 27.423 y acordada C.S.J.N. 12/22)." "Asimismo, por el trabajo cumplido en la Alzada, se FIJAN los honorarios del mencionado profesional en la suma de 2,04 UMAs, equivalentes a PESOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON CUATRO CENTAVOS ($ 18.362,04) (arts. 16, 20, 21, 30 y ccdtes. de la ley 27.423 y acordada C.S.J.N. 12/22)."
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