MARTINEZ DANIEL ENRIQUE c/ E N (MOSP-DNCP Y VN) s/EMPLEO PUBLICO
El actor promovió demanda por crédito de Estado consolidado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión de primera instancia y reconoció el derecho del actor al pago en efectivo de su crédito.
¿Quién es el actor?
Daniel Enrique Martínez
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Obras y Servicios Públicos
- Dirección Nacional de Construcciones Portuarias y Vías Navegables)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de crédito contra el Estado por $162.496,15, reconocido como consolidado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución de primera instancia que disponía la cancelación del crédito mediante el régimen de consolidación de deudas. Entendió que el crédito del actor se encuentra comprendido en el supuesto previsto en el art. 2 del Decreto 243/18, que permite al acreedor optar por el pago en efectivo de hasta el equivalente a 1 año del haber jubilatorio mínimo por persona y por única vez, monto que no supera el crédito reclamado. Por lo tanto, se hace lugar al recurso de apelación, revocando la resolución apelada y reconociendo el derecho del actor al pago en efectivo de su crédito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señaló que si bien el crédito se encuentra alcanzado por la consolidación de deudas prevista en las leyes 25.344 y 25.565, el Decreto 243/18 le otorga al acreedor la opción de solicitar el pago en efectivo hasta el monto equivalente a 1 año del haber jubilatorio mínimo vigente, opción que el actor ejerció y que el tribunal debe reconocer.
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