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CANAVIDE DOMINGO Y OTRO c/ EN- M° DEFENSA- DTO 2769/93 871/07 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Incidente para regular honorarios del letrado de la actora en proceso de ejecución de sentencia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios regulados atendiendo a la complejidad y eficacia de la labor profesional.

Ejecucion de sentencia Regulacion de honorarios Complejidad de la labor profesional Ponderacion de aranceles

¿Qué se resolvió en el fallo?

El presente incidente versa sobre la regulación de honorarios del Dr. Pedro Miguel Albarracín, letrado apoderado de la parte actora, en el marco del proceso de ejecución de sentencia. La Cámara señala que para fijar la retribución adecuada de los profesionales, no debe aplicarse de modo automático los porcentajes previstos en los aranceles, sino ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego. Cita jurisprudencia de la Corte Suprema en el sentido que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios. En base a estas consideraciones, la Cámara confirma los honorarios regulados al Dr. Albarracín atendiendo al "mérito, calidad, eficacia y extensión de los trabajos realizados" en el trámite de ejecución, en el que no se opusieron excepciones y se dictó sentencia. Asimismo, la Cámara dispone que el importe del IVA integra las costas y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional reviste la calidad de responsable inscripto.

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