BENDER FEBREIRO, MONICA BEATRIZ c/ BCRA-COMUN A6869 7272 s/AMPARO LEY 16.986
La actora demandó al BCRA mediante un amparo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma parcialmente la regulación de honorarios de los abogados intervinientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Mónica Beatriz Bender Febreiro, promovió una demanda de amparo contra el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para obtener un determinado pronunciamiento administrativo. Al no poder determinarse un monto concreto de la pretensión, el tribunal recurrió a las pautas generales del art. 16 de la Ley 27.423 para regular los honorarios de los abogados intervinientes. Específicamente, la Cámara Contencioso Administrativa Federal reguló los honorarios de los Dres. Ignacio Juan Zanoni y Julio Alberto Pueyrredón en 20 UMA (equivalente a $180.020 cada uno) por las tareas realizadas en primera instancia. Asimismo, reguló los honorarios del Dr. Zanoni en 6 UMA (equivalente a $54.006) por la tarea cumplida en la alzada. La Cámara señaló que los jueces no pueden apartarse de los mínimos establecidos en la Ley 27.423, los cuales revisten carácter de orden público. Por último, aclaró que en caso de que los profesionales acrediten su condición de responsables inscriptos en el IVA, deberá adicionarse la alícuota correspondiente a dicho tributo.
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