NAVARRETE, TAMARA GIANNINA c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal de la Policía Federal Argentina promovió demanda para el reconocimiento de suplementos salariales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la sentencia de primera instancia y determinó que las diferencias salariales deben abonarse desde la entrada en vigencia del decreto que creó los suplementos.
¿Quién es el actor?
Personal de la Policía Federal Argentina
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de suplementos salariales previstos en el decreto 2140/13 y sus ampliatorios
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y determinó que las diferencias salariales deben abonarse desde la entrada en vigencia del decreto 2140/13, es decir, desde el 01/01/2014, en lugar del plazo de prescripción bienal aplicado por el juez de primera instancia. Además, confirmó la distribución de las costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El artículo 2562 inc. c) del Código Civil y Comercial establece un plazo de prescripción bienal para el reclamo de lo que se devenga por plazos periódicos. Sin embargo, dado que al momento de la presentación de la demanda ni siquiera había transcurrido el plazo quinquenal desde la entrada en vigencia del decreto 2140/13, corresponde computar las diferencias salariales desde esa fecha.
- Respecto a la distribución de las costas, el tribunal consideró que en atención a la naturaleza de la cuestión debatida, existen razones suficientes para apartarse del principio objetivo de la derrota y distribuirlas por su orden.
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