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CAVALIERI, LUIS EDUARDO Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo a la intimación de pago de intereses y a la ejecución forzada solicitada por los actores, al considerar que no se encontraban habilitados para promoverla al no haber vencido los plazos legales.

Intereses Recurso de apelacion Ejecucion forzada Deuda del estado Leyes 23 982 y 11 672

Los actores demandaron al Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina por el reconocimiento de ciertos suplementos remunerativos. En 2017, la Cámara confirmó la sentencia que les reconoció ese derecho. En 2019 se aprobó la liquidación de los montos adeudados. Posteriormente, los actores solicitaron el reconocimiento de intereses por el período transcurrido hasta el efectivo pago, lo cual fue aprobado en septiembre de 2021. Sin embargo, al solicitar la intimación de pago e inicio de ejecución forzada, el juez de primera instancia lo rechazó por considerar que no se había dictado sentencia en los términos del art. 508 del CPCCN y que la liquidación de intereses era reciente. En apelación, la Cámara confirmó el rechazo, sosteniendo que a la fecha los actores no se encontraban habilitados para promover la ejecución forzada, en razón de no haber vencido los plazos previstos en las leyes 23.982 y 11.672 para la cancelación de deudas del Estado. Consideró que si bien los intereses deben computarse hasta la efectiva cancelación del crédito, ello no releva del cumplimiento de los trámites legales establecidos.

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