PEDROZO ANGEL ROBERTO Y OTROS c/ EN-M§ JUSTICIA-GN-DTO 1082/73 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores, militares y civiles de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, apelaron la regulación de honorarios, que la Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma aplicando criterios restrictivos para la interpretación del artículo 13 de la Ley 24.432.
Los actores, militares y civiles de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, promovieron una demanda cuyo objeto principal era cuestionar la regulación de honorarios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la regulación de honorarios impugnada. La Cámara señaló que el art. 13 de la Ley 24.432 debe interpretarse de manera restrictiva, limitándose a aquellos casos en que aplicar los mínimos legales generaría una "evidente desproporción" entre las tareas y los honorarios. Además, indicó que el apelante no demostró, mediante los cálculos correspondientes, que la regulación no se ajustara a las pautas del arancel de abogados y procuradores. Por lo tanto, teniendo en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto, la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas, confirmó los honorarios fijados en primera instancia. Por último, la Cámara estableció los honorarios del letrado por las tareas cumplidas en la alzada, en la suma de $8.250, con la aclaración de que en caso de que el profesional acredite su condición de responsable inscripto frente al IVA, deberá adicionarse la alícuota correspondiente a dicho tributo.
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