MOLCO SPORT SRL - SIMI 43811K ((MC)) c/ EN - M DESARROLLO PRODUCTIVO - SECRETARIA DE INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El Ministerio de Desarrollo Productivo apeló la decisión que eximió de costas al actor que desistió de la acción. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció que las costas deben ser soportadas por el actor que desistió.
- Actor: Molco Sport SRL
- Demandado: Ministerio de Desarrollo Productivo
- Secretaría de Industria Economía del Conocimiento y Gestión Comercial
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad de ciertas resoluciones y disposiciones
- Decisión del tribunal: Se revocó parcialmente la sentencia de primera instancia que había eximido de costas al actor. Se dispuso que, al haber desistido del proceso sin que se verifiquen supuestos de excepción previstos en el Código Procesal, las costas deben ser soportadas por Molco Sport SRL.
- Fundamentos principales:
- El art. 73 del CPCCN establece que, si el proceso se extingue por desistimiento, las costas quedan a cargo de quien lo hiciere, salvo excepciones.
- En el caso, la actora no justificó que su desistimiento respondiera a un cambio de legislación o jurisprudencia, por lo que corresponde aplicar el principio general.
- La decisión de primera instancia carece de fundamentación suficiente al omitir dar tratamiento a las costas.
- Toda actuación profesional en un proceso judicial puede generar costas, por lo que corresponde emitir pronunciamiento al respecto.
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