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PRETZ, PABLO ESTEBAN Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Ejército Argentino interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la orden de pago directo de los créditos reconocidos a favor de los actores en la cuenta donde reciben sus haberes. La Cámara declara mal concedido el recurso.

Ejecucion de sentencia Personal militar Demora en el pago Acordada Deposito directo Creditos alimentarios


¿Quién es el actor?

PRETZ, PABLO ESTEBAN Y OTROS

¿A quién se demanda?

ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE DEFENSA
- EJÉRCITO ARGENTINO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por suplementos instituidos por decretos 1305/12 y 855/13

¿Qué se resolvió?


- La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II había confirmado en mayo de 2021 la sentencia que hizo lugar a la demanda.
- Al aprobarse las liquidaciones, el juez a quo ordenó que el pago se realice directamente en la cuenta donde los actores perciben sus haberes, de conformidad con la Acordada 1/2020 de la Cámara.
- El Ejército Argentino recurrió esa decisión, alegando que con el sistema de oficios electrónicos ya no existe la problemática que dio origen a la Acordada, y que está obligado a realizar los depósitos en cuenta judicial.
- La Cámara declara mal concedido el recurso, señalando que la Acordada 1/2020 fue dictada a pedido del propio Ejército Argentino para evitar demoras y deterioro de los créditos de naturaleza alimentaria, y que el argumento de la necesidad de apertura de cuenta judicial no demuestra un perjuicio calificado. Fundamentos principales:
- La Acordada 1/2020 de la Cámara dispuso que el pago de los créditos reconocidos judicialmente al personal militar en actividad y retiro debe efectuarse directamente en la cuenta donde perciben sus haberes, a fin de evitar demoras y deterioro de los créditos de naturaleza alimentaria.
- Esta medida fue adoptada a pedido de la propia Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ejército Argentino, por lo que sus argumentos no evidencian un perjuicio calificado.
- La verificación de los depósitos por parte de los letrados de los actores puede ser realizada e impugnada en autos.
- Para el caso de actores retirados, el Ejército debe arbitrar los medios necesarios para obtener los datos que permitan dar cumplimiento al pago.

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