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LU, XIANBIAO c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM-EXPTE 146556/19 s/AMPARO POR MORA

Extranjero interpuso amparo por mora contra la Dirección Nacional de Migraciones y la Cámara revocó la imposición de costas al organismo por considerar que debían distribuirse en el orden causado.

Costas Orden causado Amparo por mora Direccion nacional de migraciones Residencia permanente

Solicitar que se expidiera respecto de un expediente administrativo sobre su residencia permanente

¿Qué se resolvió?

El juez de primera instancia declaró abstracto el amparo por mora, pero impuso las costas a la demandada. La Cámara revocó la imposición de costas, considerando que al haberse declarado abstracto el objeto, no hubo parte vencida, por lo que correspondía distribuir las costas en el orden causado. Los fundamentos principales fueron:
- El acto que puso fin al procedimiento fue dictado e informado dentro del plazo para presentar el informe, por lo que correspondía hacer lugar al recurso de apelación y revocar la imposición de costas a la demandada.
- Cuando el objeto deviene abstracto y no hay parte vencida, las costas deben distribuirse en el orden causado, conforme lo establece el art. 14 de la Ley 16.986.
- El voto en disidencia consideró que la demora de la Administración en expedirse justificaba imponer las costas a la demandada, por su conducta negligente.

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