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CONSORCIO DE COPROPIETARIOS JERONIMO SALGUERO 3313/27 Y SAN MARTIN DE TOURS 3190/92 c/ EDENOR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Consorcio de copropietarios demandó a Edenor S.A. por daños y perjuicios. La Cámara modificó parcialmente la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El Consorcio de Copropietarios Jeronimo Salguero 3313/27 y San Martín de Tours 3190/92 demandó a Edenor S.A. por daños y perjuicios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala V, resolvió: 1) Confirmar la regulación de honorarios del Dr. Jorge Gabriel Taiah (parte actora) por las tres etapas del proceso, por ajustarse a derecho. 2) Modificar la regulación de honorarios del Dr. Jorge Gabriel Taiah por la incidencia de fs. 108, elevándolos a $130.000. 3) Modificar la regulación de honorarios de la perito tasadora María Clara Peri Galindo, reduciéndolos a 69,84 UMAs (equivalente a $726.336). 4) Confirmar los honorarios de la mediadora Patricia Valeria Arechaga en 120 U.H.O.M. 5) Fijar los honorarios del Dr. Jorge Gabriel Taiah por el trabajo en la alzada en 50,67 UMAs (equivalente a $526.968), a cargo de la demandada.

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