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MENDEZ LUIS RICARDO c/ PEN-LEY 25561 DTOS 214/02 1570/01 Y OTRO s/AMPARO SOBRE LEY 25.561

El Estado Nacional apeló la decisión de no hacer lugar a la nulidad planteada y de mantener el embargo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación al considerar válidas las notificaciones realizadas.

Derecho de defensa Amparo Preclusion Ley 25 561 Notificaciones electronicas


¿Quién es el actor?

MENDEZ LUIS RICARDO

¿A quién se demanda?

PEN-LEY 25561 DTOS 214/02 1570/01 Y OTRO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo sobre Ley 25.561

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal desestimó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional contra la resolución que no hizo lugar a la nulidad planteada y mantuvo el embargo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Las notificaciones electrónicas realizadas al domicilio del último letrado presentado por el Estado Nacional son válidas según lo dispuesto en la Acordada CSJN 2028/15.
- Si bien no se notificó el auto que puso la causa en casillero, el Estado Nacional tuvo oportunidad de oponer sus defensas luego de las posteriores notificaciones, por lo que no se advierte afectación a su derecho de defensa.
- El planteo de nulidad fue extemporáneo y representa un intento de reeditar una cuestión precluida.
- Resulta inoficioso expedirse sobre los restantes agravios formulados por el Estado Nacional, en virtud de lo resuelto por el Tribunal el 8 de junio de 2021.

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