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LIPORACE, JULIO CESAR c/ EN-M DEFENSA Y OTRO s/AMPARO POR MORA

El actor promovió amparo por mora contra el Estado Nacional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal fijó los honorarios del abogado actuante.

Honorarios Estado nacional Amparo por mora Camara contencioso administrativa federal Art 44 ley 27423

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Sr. Julio Cesar Liporace promovió un amparo por mora contra el Estado Nacional
- Ministerio de Defensa, por el retardo en resolver su reclamo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala III, hizo lugar al reclamo. En cuanto a los honorarios del abogado del actor, la Cámara los fijó en $93.600, equivalente a 9 UMA, de conformidad con lo establecido por el art. 44 de la Ley 27.423. Asimismo, aclaró que, de acreditarse la condición de responsable inscripto del abogado, se deberá adicionar a los emolumentos la alícuota correspondiente al Impuesto al Valor Agregado. La Cámara señaló que es criterio reiterado y pacífico de este Tribunal que la retribución de los profesionales intervinientes en el amparo por mora se debe determinar con arreglo a lo establecido por el art. 44, párrafo final, de la ley 27423.

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