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CENCOSUD SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO (EX 39429050/18 - DISP 48/20) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45

La empresa Cencosud SA promovió un recurso directo contra una disposición del Ministerio de Desarrollo Productivo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal.

Costas Regulacion de honorarios Caducidad de instancia Recurso directo Tasa de justicia Ministerio de desarrollo productivo


¿Quién es el actor?

Cencosud SA

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra disposición 48/20 del Ministerio de Desarrollo Productivo

¿Qué se resolvió?

Se declara la caducidad de la instancia por inactividad procesal de Cencosud SA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La caducidad de la instancia es un modo anormal de terminación del proceso que se produce por la inactividad procesal de la parte en el plazo legal.
- Cencosud SA no cumplió con la carga de impulsar el proceso dentro del plazo de 6 meses establecido en el art. 310 inc. 1° del CPCCN.
- Corresponde imponer las costas a Cencosud SA por haber resultado vencida.
- Se regulan honorarios del letrado del Estado Nacional en $114.400 (11 UMA).
- Se intima a Cencosud SA al pago de la tasa de justicia.

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