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FERNANDEZ, MARTIN OSVALDO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda por pago de intereses de crédito laboral. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó parcialmente la providencia de primera instancia y dispuso que no corresponde efectuar una nueva previsión presupuestaria del crédito pendiente.

Intereses Ejecucion Prevision presupuestaria Credito laboral Diferimiento de pago


¿Quién es el actor?

FERNANDEZ, MARTIN OSVALDO

¿A quién se demanda?

EN-M SEGURIDAD-PFA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de intereses de crédito laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara hace lugar parcialmente al recurso de apelación, revocando la providencia de primera instancia. La Cámara señala que conforme a la normativa aplicable (arts. 22 Ley 23.982, 20 Ley 24.624 y 68 Ley 26.895), el crédito reconocido debía ser cancelado en 2021 o, por la posibilidad de diferir el pago, en 2022. Por lo tanto, la actora aún no se encuentra habilitada para ejecutar forzadamente el remanente impago, al no haber vencido los plazos legales. Sin embargo, la Cámara considera que no corresponde efectuar una nueva previsión presupuestaria del crédito pendiente, siguiendo la doctrina de la CSJN en "Curti".

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