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RICHARTE MARTA CECILIA c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Sra. Richarte promovió demanda por reconocimiento de beneficios previsionales derivados de incapacidad adquirida durante su servicio en la Policía Federal. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la declaración de incompetencia del Juzgado Federal de la Seguridad Social.

Seguridad social Policia federal Beneficio previsional Incapacidad adquirida en servicio

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Richarte promovió demanda contra el Ministerio de Seguridad a fin de que se le otorguen los beneficios previsionales establecidos en la Ley 21.965 por incapacidad adquirida durante su servicio en la Policía Federal. El juez de primera instancia se declaró incompetente y remitió las actuaciones al fuero Contencioso Administrativo Federal. La actora apeló, argumentando que se trata de una cuestión previsional y que corresponde la intervención del Juzgado Federal de la Seguridad Social. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión y declaró la competencia del Juzgado Federal de la Seguridad Social, en atención a que la pretensión se dirige al otorgamiento de un beneficio previsional para el personal de la Policía Federal, que es materia propia del derecho de la seguridad social y del conocimiento natural de dicho fuero.

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