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BLAS MARTHA HAYDEE Y OTRO c/ PEN LEY 25561-DTO 1570/2001 DTO 214/2002 Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986

La doctora Haddad Andalaf apeló la imposición de costas dispuesta en una sentencia anterior. La Cámara declara inadmisible el recurso al considerar que la apelante carece de legitimación para cuestionar la distribución de costas.

Costas Apelacion Legitimacion Orden publico Profesional


¿Quién es el actor?

La doctora Graciela Juana Haddad Andalaf

¿A quién se demanda?

No aplicable

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Apelación contra la distribución de costas dispuesta en una sentencia del 26 de junio de 2009

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal declara mal concedido e inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la Dra. Haddad Andalaf por derecho propio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La imposición de costas solo puede ser recurrida por las partes, ya que ellas son quienes pueden experimentar un gravamen irreparable. Los profesionales que intervienen solo pueden apelar la regulación de honorarios o exigir su pago.
- La Dra. Haddad Andalaf carece de legitimación para recurrir por su propio derecho la distribución de costas dispuesta en la sentencia de primera instancia.

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