Logo

BERTHIER ENRIQUE JOSE c/ EN-M§ SALUD-REGISTRO Y FISCALIZACION RECURSOS SALUD s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica los honorarios regulados en primera instancia a favor del letrado de la parte actora y de la perito contadora.

Danos y perjuicios Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Ley 27 423 Ley 21 839 Ley 24 432


¿Quién es el actor?

Enrique José BERTHIER

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Salud
- Registro y Fiscalización de Recursos Salud
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios practicada en primera instancia, elevando los emolumentos del letrado de la parte actora a $17.640 y los de la perita contadora a $50.400. Se fijaron además los honorarios de la letrada de la parte demandada en 16,57 UMAs (equivalente a $172.328).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En función de la naturaleza, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido ante la anterior instancia, corresponde modificar la regulación de honorarios practicada a fojas 375 y, en consecuencia, elevar los emolumentos correspondientes al Dr. Alejandro María Macedo -en su carácter de patrocinante de la parte actora
- en la suma de PESOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($17.640), a cargo de la demandada. Además, corresponde elevar los honorarios de la perito contadora Graciela Beatriz Quadrelli en la suma de PESOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS ($50.400) (conf. arts. 6, 7, 9, 20, 37 y 38 de la Ley N° 21.839 modificada por la Ley N° 24.432)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar