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BOLAÑEZ, AURELIO ESTEBAN c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor demandó la incorporación de suplementos remunerativos en su haber mensual. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que ordenó al Estado Nacional incorporar los suplementos creados por el Decreto N° 380/17 con carácter remunerativo y bonificable.

Remuneracion Suplementos remunerativos Decreto 380 17 Funcion policial operativa Caracter generalizado

Incorporación de suplementos "Función Policial Operativa", "Función Técnica de Apoyo" y/o "Función de Investigaciones" creados por Decreto N° 380/17 con carácter remunerativo y bonificable, y pago de diferencias retroactivas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema en el precedente "Di Nanno" estableció que los suplementos tienen carácter generalizado y representan una parte sustancial de la remuneración, por lo que corresponde computarlos con carácter remunerativo y bonificable. Este criterio es coincidente con la posición sostenida previamente por la Cámara en varios precedentes.

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