TGJ SA c/ EN-AFIP s/AMPARO LEY 16.986
Empresa amparista reclama su inclusión en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma el rechazo de la acción de amparo por no cumplir con los requisitos del programa.
Que se ordene incluir a la empresa demandante como beneficiaria del Salario Complementario del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El juez de primera instancia consideró que la actividad principal declarada por la empresa (Elaboración Industrial de Productos de Panadería) no se encontraba incluida en el listado publicado por la Administración para acceder al programa ATP. Por lo tanto, al no cumplirse ese requisito esencial, corresponde rechazar el amparo solicitado, sin que dicha denegatoria resulte arbitraria o irrazonable. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia.
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