DO RIO, JOSE ALBERTO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió ejecución de sentencia por deuda del Estado Nacional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la resolución que ordenaba un nuevo emplazamiento y habilitó la ejecución forzosa del crédito.
¿Quién es el actor?
DO RIO, JOSE ALBERTO
¿A quién se demanda?
EN
- M SEGURIDAD
- PFA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de sentencia por deuda del Estado Nacional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución de primera instancia y habilitó la ejecución forzosa del crédito, al considerar que se había cumplido el plazo de espera previsto en la normativa. La Cámara señaló que el crédito reconocido en la sentencia debía haber sido incluido en el presupuesto para el ejercicio 2020, al haber sido notificado a la demandada con posterioridad al 31 de julio de 2019. Asimismo, indicó que la legislación establece que, en caso de falta de crédito presupuestario, el Poder Ejecutivo debe efectuar las previsiones necesarias para su inclusión en el ejercicio siguiente, es decir, en la Ley de Presupuesto 2021. Por lo tanto, concluyó que desde el inicio del año 2022 la actora se hallaba habilitada para promover la ejecución forzada de su crédito, al haber vencido el plazo de espera previsto en la normativa.
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