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TARULLA, FRANCISCO RAUL c/ EN-M DEFENSA-FA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda ejecutiva de su crédito reconocido judicialmente. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la resolución que no hizo lugar a la pretensión, por no haber vencido el plazo legal de espera para la inclusión presupuestaria.

Ejecucion de sentencia Ley 23 982 Ley 11 672 Credito presupuestario Plazo legal de espera


¿Quién es el actor?

Francisco Raúl Tarulla

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución forzada de crédito reconocido judicialmente

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la resolución que no hizo lugar a la ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Según los arts. 22 de la ley 23.982 y 170 de la ley 11.672, el crédito reconocido debía incluirse en el presupuesto del año siguiente a su liquidación (2022), y de no contar con partida presupuestaria, el Poder Ejecutivo debía preverlo para el ejercicio siguiente (2023).
- Por lo tanto, aún no había vencido el plazo legal de espera para la inclusión presupuestaria, por lo que la actora no se encontraba habilitada para promover la ejecución forzada.
- El carácter de orden público de esta normativa impone su consideración aún de oficio.

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