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EIDICO SA-TF 46884-I c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La firma EIDICO S.A. promovió un recurso directo contra una resolución de la AFIP que modificó sus declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias y al Valor Agregado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II rechazó el recurso y confirmó la resolución apelada.

Recurso directo Impuesto a las ganancias Prestamo Impuesto al valor agregado Incremento patrimonial no justificado

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La firma EIDICO S.A. demandó a la AFIP (Dirección General Impositiva) por modificar sus declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias (2009) e Impuesto al Valor Agregado (2009).
- El Tribunal Fiscal de la Nación había confirmado las resoluciones de AFIP que impugnaron las declaraciones juradas de EIDICO, determinando impuestos a ingresar con intereses y aplicando multas.
- La cuestión central fue si un supuesto préstamo otorgado a EIDICO por la Sra. Llauró constituía un pasivo válido o un incremento patrimonial no justificado.
- El Tribunal Fiscal consideró que EIDICO no logró acreditar la existencia real y efectiva del préstamo, por lo que correspondía tratarlo como un incremento patrimonial no justificado.
- La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II confirmó lo resuelto por el Tribunal Fiscal, considerando que EIDICO no pudo demostrar la secuencia completa de la operatoria del préstamo, tal como era necesario para acreditar su existencia frente al Fisco.

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