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CEPILLOS CALABRO SA c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara resolvió confirmar los honorarios regulados a favor de los letrados de la demandada, considerando la naturaleza del asunto y el mérito de la labor profesional.

Regulacion de honorarios Complejidad del asunto Merito profesional Criterios de fijacion de honorarios Proceso de amparo

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia analiza los criterios a tener en cuenta para la regulación de honorarios de los profesionales que intervinieron en el proceso. Señala que no corresponde una aplicación automática de los porcentajes previstos en los aranceles, sino que debe analizarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego. Cita jurisprudencia de la Corte Suprema que indica que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios. Finalmente, confirma los honorarios regulados a favor de los letrados de la demandada, teniendo en cuenta lo preceptuado por la ley 21.839 modificada por la ley 24.432 en cuanto a los honorarios mínimos en los procesos de amparo, y considerando el mérito, calidad, eficacia y extensión de las tareas desarrolladas.

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