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ANTONENA, RICARDO OSCAR Y OTROS c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Jubilados demandan por retención de Impuesto a las Ganancias. La Cámara Contencioso Administrativa Federal ordena el cese de las retenciones y el reintegro desde la entrada en vigencia de la Ley 27.617.

Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Jubilados Precedente garcia Capacidad contributiva Ley 27 617

Impugnación de las retenciones de Impuesto a las Ganancias sobre sus ingresos jubilatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el cese de las retenciones y el reintegro de las sumas retenidas a partir de la entrada en vigencia de la Ley 27.617, por considerar que dicha ley no atiende adecuadamente a las pautas establecidas por la CSJN en el precedente "García" para la protección de la vulnerabilidad económica de los jubilados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Ley 27.617 no satisface las directrices fijadas por la CSJN en "García" para que el Congreso legisle un tratamiento diferenciado que conjugue la capacidad contributiva potencial con la vulnerabilidad por ancianidad/enfermedad de los jubilados.
- La sola elevación del mínimo no imponible y algunas deducciones especiales no resulta suficiente para atender adecuadamente la situación de vulnerabilidad del colectivo de jubilados.
- Precedentes de la Cámara que han adoptado este mismo criterio.

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