FONTANA NICASTRO SAC c/ EN - DNV s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La empresa Fontana Nicastro S.A.C. demandó al Estado Nacional - Dirección Nacional de Vialidad por el pago de intereses por mora en el pago de certificados de obra pública. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la demanda al considerar que la empresa no pudo acreditar la mora imputable a la Dirección Nacional de Vialidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa Fontana Nicastro S.A.C. demandó al Estado Nacional
- Dirección Nacional de Vialidad por el pago de intereses previstos en la Ley N° 13.064 por mora en el pago de certificados de obra pública en el marco de un convenio celebrado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Municipalidad de Berazategui.
El juez de primera instancia rechazó la demanda por considerar que la empresa no acreditó que la mora en el pago se debiera a un retraso imputable a la Dirección Nacional de Vialidad. Ambas partes apelaron la sentencia.
La Cámara confirmó el rechazo de la demanda. Señaló que de las pruebas obrantes, especialmente de la pericia contable, no surge que la mora en el pago fuera imputable a la Dirección Nacional de Vialidad, pues no se acreditó que ésta hubiera incurrido en un retraso en transferir los fondos a la Municipalidad de Berazategui. Además, indicó que la carga de la prueba recaía sobre la empresa, quien no logró acreditar los hechos en los que fundaba su reclamo.
Finalmente, en cuanto a las costas, la Cámara consideró que correspondía imponerlas a la parte actora vencida, de conformidad con el principio general establecido en el art. 68 del CPCCN.
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