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FERNANDEZ, MARIA PAULA Y OTRO c/ CONSULADO DE ITALIA s/AMPARO LEY 16.986

La actora apeló el rechazo in limine de su acción de amparo para obtener un turno para tramitar la ciudadanía ante el Consulado de Italia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión, aplicando la inmunidad jurisdiccional de los Estados extranjeros.

Recurso de apelacion Amparo Ciudadania italiana Inmunidad jurisdiccional de estados extranjeros Ley 24 488


¿Quién es el actor?

María Paula Fernández y otro

¿A quién se demanda?

Consulado de Italia

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener un turno para tramitar la ciudadanía italiana

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia que había rechazado in limine la acción de amparo. Los principales fundamentos fueron:
- El juez de primera instancia entendió que carecía de jurisdicción para someter a juicio a una dependencia de la representación diplomática de la República Italiana, en materia propia del derecho público de dicho Estado, al tratarse de un acto de imperio.
- La ley 24.488 establece que la inmunidad jurisdiccional de los Estados extranjeros es el principio, solo con las excepciones previstas en su art. 2°, las cuales no abarcan el otorgamiento de ciudadanía, que constituye un acto de imperium.
- El planteo de inconstitucionalidad de la ley 24.488 realizado en la apelación fue considerado extemporáneo, al no haberse propuesto en la demanda.

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