MIÑO, CARLOS UBALDINO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El Ejército Argentino demandó al Estado Nacional por el cobro de suplementos salariales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la sentencia y aclaró el alcance temporal de los créditos reconocidos.
¿Quién es el actor?
Personal del Ejército Argentino
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de suplementos salariales instituidos por decretos 1305/12, 245/13, 855/13 y 614/14.
¿Qué se resolvió?
- Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda respecto de los suplementos, con las siguientes aclaraciones y precisiones:
- Los créditos reconocidos tienen como límite temporal el 1ro de octubre de 2020, cuando se derogó el decreto 1305/2012 que regulaba los suplementos reclamados.
- Las diferencias salariales adeudadas deberán abonarse hasta el momento del efectivo pago, conforme lo dispuesto por las leyes 23.982, 24.624 y 26.895.
- Se modifica el fallo en cuanto a la aplicación de la doctrina sentada por la Corte Suprema en "Zanotti", ya que ésta refiere a supuestos distintos a los debatidos en autos.
- Las costas de segunda instancia se distribuyen en el orden causado.
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