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MIJORMI SRL c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA-SIMI 325861N 342085K 342485Y Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

La importadora Mijormi SRL apeló la decisión de primera instancia que declaró abstracto el objeto de la acción de medida cautelar promovida contra la AFIP y la ex Secretaría de Comercio. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia al considerar que la medida cautelar solicitada devendría abstracta por la derogación del régimen anterior y entrada en vigencia de un nuevo sistema de importaciones.

Recurso de apelacion Medida cautelar Derecho adquirido Simi Sira Sistema de importaciones

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La demandante Mijormi SRL promovió una acción de medida cautelar autónoma solicitando suspender los efectos de la resolución conjunta AFIP 4185/2018 y la resolución SC 523-E/2017, e impedir el bloqueo de importaciones.
- El juez de primera instancia declaró abstracto el objeto al considerar que, con la entrada en vigencia de la resolución conjunta AFIP-SC 5271/2022 que derogó el régimen anterior, la pretensión cautelar se había tornado inocua.
- La Cámara confirmó la decisión, señalando que los jueces deben aplicar el derecho vigente al momento del dictado de la sentencia. Entendió que la demandante no había acreditado tener un derecho adquirido a que se mantuvieran las condiciones del régimen anterior derogado, por lo que correspondía aplicar la nueva normativa.
- Argumentó que la demandante carecía de una situación jurídica agotada o consumada bajo el régimen anterior que impidiera la aplicación inmediata de la nueva normativa. Los cuestionamientos administrativos y judiciales pendentes no modificaban esa conclusión.

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