URZICH, ANA PAULA c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES (LEY 24521) s/AMPARO POR MORA
La actora solicitó la declaración de caducidad de la instancia por inactividad procesal de la demandada. La Cámara hizo lugar al planteo al constatar el incumplimiento de la manda impuesta a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora solicitó la declaración de caducidad de la instancia por haber transcurrido el plazo establecido en el art. 310 inc. 2 del CPCCN sin que la demandada diera cumplimiento a la providencia del 8/08/2022 que la emplazaba a notificar los agravios.
- La Cámara señaló que la caducidad de instancia es un modo anormal de terminación del proceso que debe interpretarse de forma restrictiva, pero que en este caso procedía por resultar manifiesta la inactividad de la demandada.
- Indicó que la demandada tenía la carga de confeccionar la cédula para notificar los agravios en el plazo de 3 meses, lo cual no cumplió. Por ello, correspondía hacer lugar al planteo de caducidad efectuado por la actora.
- Las costas se impusieron en el orden causado, atendiendo a las particularidades del caso.
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