BANCO HIPOTECARIO SA-TF 46961-I c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
El Banco Hipotecario S.A. impugnó determinaciones de oficio dictadas por la AFIP-DGI que le ajustaron el impuesto a las ganancias. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó las resoluciones fiscales y consideró que los gastos vinculados a ingresos no computables son plenamente deducibles.
¿Quién es el actor?
Banco Hipotecario S.A.
¿A quién se demanda?
Dirección General Impositiva (AFIP-DGI)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de determinaciones de oficio en el impuesto a las ganancias por los períodos 2008 a 2012.
¿Qué se resolvió?
Se revocaron las resoluciones de la AFIP-DGI que le ajustaron el impuesto al Banco.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara estableció que los ingresos "no computables" (dividendos, resultados de fideicomisos y préstamos garantizados) se diferencian de las rentas "exentas" o "no gravadas", por lo que los gastos vinculados a dichos ingresos "no computables" son plenamente deducibles, sin necesidad de prorrateo.
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