FRIDMAN, MIGUEL ANGEL c/ EN-AFIP s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió un recurso de inaplicabilidad de ley cuestionando la sentencia que no ordenó la devolución total de las sumas retenidas del haber jubilatorio en concepto de impuesto a las ganancias. La Cámara declaró inadmisible el recurso al considerar que no existía contradicción doctrinal entre las salas que justificara su tratamiento.
Devolución de sumas retenidas del haber jubilatorio en concepto de impuesto a las ganancias
¿Qué se resolvió?
Se declara inadmisible el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor.
Fundamentos relevantes:
- El recurso de inaplicabilidad de ley solo procede contra sentencias definitivas que contradigan la doctrina establecida por otras salas, a fin de unificar criterios. En el caso, la sentencia recurrida no es definitiva ni impide articular el reclamo por otra vía.
- Si bien el actor alegaba divergencia doctrinal entre las salas sobre la procedencia de la vía de amparo para reclamar la devolución de aportes jubilatorios, la Sala I modificó posteriormente su criterio, reconociendo el derecho a la devolución de las sumas retenidas durante los 5 años previos a la demanda. Por lo tanto, ya no existe la contradicción invocada que amerite un fallo plenario.
- Tampoco corresponde unificar el criterio sobre el plazo de devolución, ya que varias salas han adoptado el plazo de 5 años previos a la demanda, sin existir contradicciones.
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