MENGHI, ROBERTO CARLOS c/ EN-PJN-JUZ CRIMINAL DE INSTRUCCION N45-SEC 122- Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios profesionales en un juicio por daños y perjuicios, elevando los montos para los abogados y peritos.
¿Quién es el actor?
ROBERTO CARLOS MENGHI
¿A quién se demanda?
ESTADO NACIONAL
- PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por daños y perjuicios
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la regulación de honorarios profesionales, elevando los montos fijados anteriormente para los abogados y peritos. La Cámara señaló que para regular los honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad del asunto, sin aplicar automáticamente los porcentajes previstos en los aranceles. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema que indica que el valor del juicio no es la única base computable y que los honorarios deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional. Respecto a los trabajos realizados bajo la vigencia de la ley 27.423, la Cámara consideró el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor, modificando los honorarios de los abogados a $39.308,85 cada uno. Para los peritos psiquiatra, psicóloga y contadora, ajustó los honorarios a $12.000, $12.000 y $43.676,50 respectivamente, atendiendo a la entidad y amplitud de las cuestiones sometidas a su conocimiento, así como la proporción con los honorarios de los demás profesionales. Por las tareas en la alzada, reguló los honorarios del abogado en $70.755,93, y por la contestación del recurso extraordinario, en $124.790.
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