STILLISANO, AGUSTIN MARIANO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó la incorporación del suplemento por Función Técnica de Apoyo al sueldo. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar al reclamo.
Incorporación del suplemento por "Función Técnica de Apoyo" creado por el Decreto N° 380/17 al sueldo del actor, con carácter remunerativo y bonificable, con retroactividad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación de la parte demandada y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha sostenido que el suplemento por "Función Técnica de Apoyo" tiene carácter generalizado y representa una parte sustancial de la remuneración, por lo que corresponde computarlo como remunerativo y bonificable.
- Si bien el Decreto N° 380/17 fue derogado por el Decreto N° 142/2022, el actor tuvo derecho a percibir ese suplemento durante su vigencia.
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