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BILLORDO, ALEXIS CARLOS ELIAS Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora interpuso recurso de reposición contra la providencia que declaró extemporáneo su escrito de contestación de agravios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso y confirmó la providencia.

Expresion de agravios Notificacion Plazo Extemporaneidad Recurso de reposicion


¿Quién es el actor?

Billordo, Alexis Carlos Elías y otros

¿A quién se demanda?

EN
- M Seguridad
- PSA
- Dto 836/08

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo relacionado con personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de reposición interpuesto por la actora contra la providencia que declaró extemporáneo su escrito de contestación de agravios de la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 38 ter del CPCCN dispone que el recurso de reposición contra resoluciones del secretario, prosecretario o jefe de despacho es admisible y se resuelve sin sustanciación, siendo su resolución inapelable.
- El art. 133 del CPCCN establece que las resoluciones judiciales se notifican los días martes y viernes, salvo los casos de notificación por cédula, lo que no ocurre en el caso del traslado de la expresión de agravios.
- Conforme las constancias del sistema informático, el Estado Nacional expresó agravios el 21/12/22, por lo que el plazo para contestar el traslado venció pasadas las dos primeras horas del 13/2/23, siendo extemporáneo el escrito presentado por la actora ese mismo día a las 12:46 hs.

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