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EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SA (EDENOR) c/ ENRE s/ENERGIA ELECTRICA - LEY 24065 - ART 76

La empresa Edenor SA cuestionó una multa aplicada por el ENRE por incumplimientos en la calidad de atención de usuarios. La Cámara rechazó el recurso directo al considerar que la sanción tiene base contractual y no se encuentra prescripta.

Incumplimiento contractual Multa Prescripcion Energia electrica Ente regulador Calidad de servicio


¿Quién es el actor?

Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte SA (Edenor)

¿A quién se demanda?

Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestionamiento de multa aplicada por el ENRE a Edenor por incumplimientos en la calidad de atención a usuarios

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso directo interpuesto por Edenor

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Las multas por incumplimientos contractuales tienen base contractual y no corresponde aplicar el plazo de prescripción del Código Penal, sino el plazo quinquenal del Código Civil y Comercial.
- Entre la instrucción del sumario (25/01/2019) y el dictado de la resolución sancionatoria (20/05/2022) no transcurrieron los 5 años de prescripción.
- La Cámara consideró que la sanción no constituye una infracción administrativa clásica, sino un incumplimiento contractual.
- Se imponen las costas en el orden causado dada la complejidad de la cuestión.

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